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Deudores del CAE podrán repactar en hasta 48 cuotas y extinguir la deuda total

  • Lunes 19 de octubre de 2026
  • 16:41 hrs

La Tesorería General de la República abrió una ventana de 90 días para regularizar el Crédito con Aval del Estado. Además, MiPymes y personas podrán acceder a condonaciones de hasta 100% en intereses fiscales.

La Tesorería General de la República (TGR) habilitó nuevos mecanismos de pago y condonación para deudores del Crédito con Aval del Estado (CAE), micro, pequeñas y medianas empresas (MiPymes) y personas naturales con compromisos pendientes.

Las medidas forman parte de la Ley de Reconstrucción Nacional y Desarrollo Económico y Social, que entró en vigencia tras su publicación en el Diario Oficial.

En el caso del CAE, la normativa incorporó un mecanismo extraordinario que permite repactar la totalidad de la deuda directamente con la TGR y pagarla en hasta 48 cuotas mensuales iguales. Las personas interesadas cuentan con un plazo de 90 días corridos a partir de la publicación de la ley para solicitar el beneficio.

A diferencia del convenio vigente de hasta 24 meses, donde la cuota tiene como tope el 10% del ingreso y puede dejar un saldo remanente, la nueva modalidad permite que, una vez pagadas todas las cuotas pactadas, la deuda quede completamente extinguida en un solo trámite. Quienes ya se encuentren en el sistema anterior pueden pedir el traspaso a este nuevo régimen. Además, durante esta ventana de 90 días no se aplican restricciones por comportamiento previo de pago ni por registrar rentas superiores a $5 millones.

Alivios para MiPymes y personas naturales

El cuerpo legal también activó facilidades para micro, pequeñas empresas y contribuyentes que mantengan deudas tributarias en mora acumuladas hasta el 31 de diciembre de 2025. Para este grupo, el plazo de suscripción de convenios se extenderá por 180 días corridos desde la publicación legal.

Quienes opten por saldar sus deudas al contado accederán a una condonación del 100% de los intereses y del 80% de las multas. Por su parte, quienes prefieran un convenio de pago en cuotas recibirán una rebaja del 95% de los intereses y del 75% de las multas, debiendo cancelar un pie inicial mínimo del 10% del capital original y el resto en hasta 48 cuotas mensuales.

La normativa estipula que el no pago oportuno de cualquiera de las cuotas provocará la pérdida automática de la rebaja, reactivando los intereses y multas originales. Los trámites para ambas modalidades se realizan mediante la plataforma automatizada disponible en el sitio web de la TGR.